Moscoso Rendón Santistéban Asociados

La política de umbrales: cuando la cantidad importa

La política de umbrales: cuando la cantidad importa

Viernes, Mayo 22, 2026

En Guatemala la ley no define cuánto es consumo y cuánto es tráfico. La política de umbrales es la alternativa técnica que el sistema necesita.

En Guatemala, quien es encontrado con drogas enfrenta una pregunta que el sistema penal responde mal: ¿es consumidor o traficante?

La Ley contra la Narcoactividad no da una respuesta clara. El artículo 39 tipifica la posesión para el consumo, pero no define cuánto es "para consumo" y cuánto es tráfico. Esa indefinición deja la decisión en manos del policía que detiene y del juez que resuelve —con todo el margen de discrecionalidad que eso implica.

Existe una alternativa técnica que varios sistemas jurídicos han desarrollado: la política de umbrales.

¿Qué es un umbral?

Un umbral es un parámetro cuantitativo. Define los márgenes dentro de los cuales la posesión de una sustancia se presume compatible con el consumo personal.

Por debajo del umbral inferior, ninguna cantidad puede razonablemente indicar propósito de tráfico. La presunción opera a favor del consumidor. Por encima del umbral superior, la cantidad es indicativa de tráfico —aunque esa presunción admite prueba en contrario.

No es una camisa de fuerza. Es un punto de partida objetivo.

¿Por qué importa?

Tres razones concretas:

Primero, depura el sistema. Elimina del proceso penal los casos de consumidores que no deberían estar ahí, y permite que los recursos del Estado se concentren en el tráfico real.

Segundo, elimina la discrecionalidad. Reemplaza la "actitud sospechosa" y las "llamadas anónimas" como fundamentos de detención por criterios verificables y objetivos.

Tercero, da contenido real a la presunción de inocencia. En lugar de presumir que toda posesión es tráfico, el sistema parte del supuesto contrario: toda posesión bajo el umbral es consumo.

El problema de fondo

Sin umbrales, dos personas con la misma cantidad de sustancia pueden tener destinos legales completamente distintos. No porque las circunstancias sean distintas — sino porque el juez o el policía que intervino era distinto.

Eso no es derecho penal. Es lotería.

La UNGASS 2016 recomendó que el consumo de drogas sea tratado como un problema de salud pública, no penal. La política de umbrales es la expresión jurídica más concreta de esa distinción: separa con criterio técnico lo que hoy se mezcla con criterio moral.

Guatemala aún no la tiene. Y mientras no la tenga, el artículo 39 seguirá siendo una norma que promete proteger al consumidor pero no le da las herramientas para lograrlo.

***
No hay comentarios todavía

BLOG

Las opiniones expresadas en este espacio son de exclusiva responsabilidad del autor y no necesariamente representan la opinión de la firma.
Buscar